Medidas cautelares del COVID-19 en España (actualización del 19 de julio)

¿Puede un residente ingresar al país?

  • Se permite la entrada a ciudadanos y residentes.

¿Puede un extranjero ingresar al país?

  • No, salvo excepciones

  • Los viajes no esenciales están prohibidos hasta el 31 de julio de 2021. Solo ciudadanos y residentes legales de la Unión Europea, residentes de países de la UE (incluidos los estados Schengen, Andorra, Mónaco, el Vaticano y San Marino) siempre que vayan al país. en el que residen, residentes de Albania, Armenia, Australia, Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina, Brunei, Canadá, China, Israel, Japón, Jordania, Kosovo, Líbano, Montenegro, Nueva Zelanda, Qatar, República de Moldavia, República de Macedonia del Norte , Ruanda, RAE de Hong Kong, RAE de Macao, Arabia Saudita, Serbia, Singapur, Corea del Sur, Suiza, Tailandia, Taiwán, Estados Unidos de América están exentos de la prohibición de viajar. Se puede acceder a la lista completa de “Países de riesgo” y más detalles desde [aquí] (https://www.mscbs.gob.es/en/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/documentos/Annex_II_risk_countries_and_areas_between_19 -07-2021-y-25-07-2021.pdf) y aquí.

  • Las autoridades han prohibido la entrada de viajeros (excepto ciudadanos y residentes de España y Andorra) procedentes de Brasil y Sudáfrica (hasta el 20 de julio).

  • A partir del 7 de junio de 2021, los viajeros vacunados de fuera de la UE y del espacio Schengen pueden entrar en España siempre que presenten prueba de haber recibido todas las dosis de vacunación necesarias al menos 14 días antes de entrar en el país. Los viajeros vacunados ahora están exentos de la prohibición de viajes no esenciales.

  • Podrán ingresar al país todos los pasajeros que lleguen a España directamente desde EE. UU. Que muestren el código QR obtenido de sitio web aéreo de SpTH. Ya no son necesarias las tarjetas de vacunación, las pruebas de PCR, etc.

  • Los viajeros de Alemania e Italia pueden entrar en España sin necesidad de presentar prueba de vacunación, prueba de recuperación o prueba COVID-19 negativa.

  • Todos los viajeros que lleguen de países seguros COVID-19 que tengan un acuerdo recíproco con España pero que no sean estados miembros de la UE también pueden ingresar al país. Puede encontrar más información aquí.

¿Se permite el tránsito por el país?

  • Los pasajeros en tránsito internacional están exentos del control de salud, sin embargo, todos los pasajeros (incluidos los niños menores de 12 años) deben completar y firmar un [Formulario de control de salud] en línea (https://www.spth.gob.es/create ) no más de 48 horas antes del viaje declarando cualquier historial conocido de exposición al COVID-19 y dando detalles de contacto.

¿Se requiere una prueba a la llegada?

  • Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima, deberán someterse a un chequeo médico en el primer punto de entrada que incluirá, como mínimo, un control de temperatura, un control documental y un control visual de su estado.

¿Certificado de prueba aceptado?

  • Se aceptan certificados de prueba de fuera de España.

  • El certificado de prueba debe ser original, redactado en español, inglés, francés o alemán y puede presentarse en formato papel o electrónico. Si el viajero no puede obtener un certificado en estos idiomas, se aceptará una traducción al español de una fuente oficial. El documento debe contener la siguiente información: nombre del viajero, pasaporte o DNI, fecha de la prueba, datos identificativos y de contacto del centro que realiza el análisis, técnica utilizada y resultado negativo de la prueba. El número de identificación personal (pasaporte / número de identificación) utilizado para obtener el código QR debe ser el mismo que el número de identificación que aparece en el certificado negativo de PCR / TMA.

¿Se requiere certificado de prueba?

  • Los viajeros vacunados que lleguen de un país con riesgo de COVID-19 deben tener uno de los siguientes para ingresar a España: Un certificado de vacunación COVID-19, o un certificado de prueba COVID-19 negativo, o un certificado que indique la recuperación de un COVID-19. infección.

Certificado de vacunación: Válido desde 14 días después del calendario completo de vacunación, hasta 1 año después de la fecha de vacunación. Las vacunas aceptadas serán aquellas autorizadas por la Agencia Europea de Medicamentos o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud.
Certificado COVID-19 negativo: Certificados de una prueba de diagnóstico para la infección por COVID-19 con un resultado negativo de las pruebas de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT) emitido dentro de 72 horas o una prueba de detección de antígeno dentro de 48 horas antes de la llegada a España se aceptará como válido. Las pruebas aceptadas son: RT-PCR, RT-LAMP, TMA, HAD, NEAR, CRISPR, SDA) y pruebas de detección de antígenos (Rapid antigen test).
Certificado de recuperación: documenta una prueba realizada no más de 180 días después de la fecha del primer resultado positivo de la prueba NAAT y no antes del undécimo día después de la fecha del resultado positivo de la prueba.

  • Los viajeros que lleguen por vía aérea o marítima desde “países-riesgo” deberán declarar sobre el obligatorio " Formulario de control de salud “que han tenido un resultado negativo en la prueba COVID-19 dentro de las 48 horas anteriores a la llegada y pueden presentar evidencia que certifique sus resultados. Los pasajeros de países o áreas no incluidos en la lista de países en riesgo no estarán obligados a certificar los requisitos de salud.

  • España acepta la EUDCC **. Los titulares de la EUDCC pueden ingresar al país. El EUDCC proporciona prueba de vacunación, prueba de una prueba de COVID-19 negativa o prueba de recuperación de una infección por COVID-19.

  • Los niños menores de 12 años están exentos de presentar los certificados, sin embargo, deben tener el código QR obtenido luego de completar el Formulario de Control de Salud.

  • La relación de países / áreas de alto riesgo, así como los criterios utilizados para definirlos, se revisan cada quince días, se publica en la [web oficial] (https://www.mscbs.gob.es/en/ profesionales / saludPublica / ccayes / alertasActual / nCov / documentos / Annex_II_riesk_countries_and_areas_between_12-07-2021-and-18-07-2021.pdf).

¿Se requiere cuarentena?

  • No, salvo excepciones

  • Los visitantes de la India deben permanecer en cuarentena durante 10 días después de su llegada a España o durante toda su estancia si es inferior al período de cuarentena de 10 días. Se puede permitir que el viajero salga de la cuarentena antes si se somete a una prueba de COVID-19 en el séptimo día y recibe un resultado negativo.

  • Según los requisitos específicos anteriores, los viajeros entrantes estarán exentos de la cuarentena o se les exigirá que permanezcan en cuarentena durante un máximo de 10 días.

Aplicación de borde recomendada

¿Se requiere seguro?

  • No, salvo excepciones

  • No se requiere comprobante de cobertura de seguro por gastos de COVID-19 para ingresar al país.

  • Los estudiantes que puedan regresar a España deben tener un seguro médico válido.

¿Se requiere formulario de inscripción?

  • Todos los pasajeros deben mostrar su Formulario de Control de Salud (HCF) **, que debe ser completado y firmado electrónicamente antes de su llegada a España independientemente de su nacionalidad o estado de residencia. El formulario se puede acceder y firmar a través del sitio web Spain Travel Health. Tras firmar, el viajero recibirá un código QR que deberá presentar a su llegada a España. Solo es válido en formatos digitales. No obstante, por motivos justificados, podrá presentarse en formato papel antes de embarcarse. Se debe completar un formulario por separado para cada viaje y para cada persona.

¿Se requiere vacunación?

  • No

  • No se requiere vacunación contra COVID-19 para ingresar al país.

  • España está aceptando las vacunas aprobadas por la UE. Las vacunas aprobadas incluyen Pfizer-BioNTech (Comirnaty), Janssen, Moderna (Spikevax), Astra-Zeneca (Vaxzevria). Se pueden encontrar más detalles en este [sitio web] (https://www.ema.europa.eu/en/human-regulatory/overview/public-health-threats/coronavirus-disease-covid-19/treatments-vaccines/vaccines -covid-19 / covid-19-vacunas-autorizadas).

  • A partir del 7 de junio de 2021, los viajeros vacunados de fuera de la UE y del espacio Schengen pueden entrar en España siempre que presenten prueba de haber recibido todas las dosis de vacunación necesarias al menos 14 días antes de entrar en el país. Los viajeros vacunados ahora están exentos de la prohibición de viajes no esenciales.

Restricciones de aerolíneas

  • Mínimo

  • Los aeropuertos están abiertos. Están operando vuelos comerciales de pasajeros nacionales e internacionales.

Restricciones fronterizas

  • Mínimo

  • La frontera terrestre entre España y Portugal está abierta.

  • Los cruceros pueden atracar.

Restricciones de toque de queda

  • Mínimo

  • Las restricciones y los toques de queda pueden variar de una región a otra. Se puede acceder a las medidas específicas de las provincias aquí. Los enlaces a los departamentos de salud de las comunidades autónomas se pueden encontrar aquí.

Restricciones sociales

  • moderado

  • España otorga a los gobiernos regionales poderes legales para imponer restricciones en su región si se considera necesario (por ejemplo, restricciones de entrada y salida hacia y desde áreas específicas).

  • Varias regiones han impuesto sus propias restricciones sobre el número de personas permitidas en las reuniones. Se puede acceder a las medidas específicas de las provincias aquí.

Restricciones internas de viaje

  • Mínimo

  • Se requieren máscaras.

  • Renfe, el operador nacional de trenes, opera rutas nacionales e internacionales.

  • Todos los pasajeros en el transporte público deben usar una máscara que cubra su boca y nariz y deben cumplir con las medidas de distanciamiento social.

  • Los viajes interregionales pueden estar restringidos si el punto de origen y destino de los viajeros se encuentra dentro de un área confinada donde existen restricciones de entrada y salida. Se recomienda a los viajeros que consulten las regulaciones regionales antes de viajar.

¿Tiendas no esenciales abiertas?

  • Las tiendas están abiertas con capacidad limitada y deben cerrar a las 22:00 (hora local).

¿Alojamiento abierto?

  • Los alojamientos están abiertos; sin embargo, algunas comodidades pueden ser limitadas.

¿Restaurantes abiertos?

  • Los restaurantes están abiertos con aforo limitado. Los gobiernos regionales pueden imponer más restricciones en su área si lo consideran necesario.

¿Bares y cafés abiertos?

  • La capacidad para sentarse en un bar es limitada. Los gobiernos regionales pueden imponer más restricciones en su área si lo consideran necesario.

¿Playas y sitios turísticos abiertos?

  • Playas abiertas con medidas de distanciamiento social.

¿Museos y sitios patrimoniales abiertos?

  • Los museos y sitios están abiertos con pautas de salud pública.

¿Servicios de cuidado personal abiertos?

  • Los servicios de cuidado personal están abiertos. Los gobiernos regionales pueden imponer más restricciones en su área si lo consideran necesario.

  • El acceso a ciertos servicios puede requerir prueba de un certificado COVID-19 negativo, un certificado de vacunación o un certificado de recuperación que demuestre que la persona se ha recuperado del COVID-19 en los últimos 180 días.

¿Lugares de culto abiertos?

  • Los lugares de culto están abiertos con aforo limitado.

¿Eventos permitidos?

  • Se permiten eventos culturales.

  • Los gobiernos regionales pueden imponer restricciones adicionales en su área si lo consideran necesario.

¿Se requieren máscaras en público?

  • Las máscaras faciales son obligatorias para cualquier persona mayor de 6 años en todos los transportes públicos, en la mayoría de los espacios cerrados y espacios públicos. Las reglas específicas para las mascarillas pueden variar de una región a otra.

Otras restricciones

  • Teatros, cines, instituciones educativas y galerías de arte están abiertos.

  • Los salones de baile, discotecas y clubes nocturnos pueden estar abiertos sujetos al cumplimiento de restricciones.

  • Existe una prohibición nacional de fumar en las áreas públicas cuando no es posible mantener al menos dos metros de distancia de los demás.

Consejo Para Viajeros

La epidemia de COVID-19 cambia constantemente en todo el mundo. Las restricciones de viaje y fronteras pueden cambiar con poco o ningún aviso. Las aerolíneas pueden tener sus propios requisitos de prueba, enmascaramiento y distanciamiento. Se recomienda que los viajeros lleven consigo máscaras faciales, ya que el requisito puede variar según la ubicación. Se recomienda que los viajeros practiquen el distanciamiento social, mantengan una distancia de 6 pies de otras personas y eviten las áreas concurridas. Consulte con su aerolínea, agente de reservas o embajada del país para obtener información sobre sus planes de viaje específicos.