Medidas cautelares COVID-19 en Argentina (actualización del 15 de julio)

¿Puede un residente ingresar al país?

  • Se permite la entrada a ciudadanos y residentes legales.

¿Puede un extranjero ingresar al país?

  • No, salvo excepciones

  • La mayoría de los extranjeros tienen prohibido ingresar al país hasta el 6 de agosto de 2021. Las exenciones incluyen a familiares directos, hijos, padres o parejas conyugales de ciudadanos argentinos de extranjeros residentes a los que se les permita ingresar. Otras exenciones se pueden encontrar aquí.

  • La Oficina Argentina de Migraciones podrá otorgar exenciones a ciertos extranjeros, incluidos trabajadores esenciales no residentes, familiares de nacionales argentinos o residentes y deportistas. Si un viajero cree que podría caer en una categoría de exención, debe comunicarse con la Oficina Argentina de Migraciones (Migraciones) para solicitar la aprobación de su viaje.

  • Se suspende hasta el 6 de agosto el ingreso de extranjeros no residentes incluidos los ciudadanos y residentes de Chile, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay.

  • Todos los pasajeros en vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y países del continente africano y como origen Brasil, Chile e India están prohibidos hasta el 6 de agosto.

¿Se permite el tránsito por el país?

  • Se permite el tránsito siempre que el tiempo de tránsito no exceda las 24 horas.

¿Se requiere una prueba a la llegada?

  • Todos los pasajeros que lleguen a Argentina deben someterse a una prueba de PCR COVID-19 a su llegada a cargo del viajero.

  • Las personas que lleguen a la Ciudad de Buenos Aires desde otras áreas de Argentina y de países vecinos a través de la Terminal de Autobuses Dellepiane y el Aeropuerto de Ezeiza estarán sujetas a pruebas a su llegada.

  • Es posible que las personas que regresen a la ciudad de Buenos Aires en un vehículo privado deban obtener una prueba COVID-19 dentro de las 24 horas posteriores a su llegada a los lugares designados por la ciudad.

¿Se acepta un certificado de prueba?

  • Se acepta un certificado de prueba de PCR COVID-19 negativo emitido por otros países.

¿Se requiere certificado de prueba?

  • Si, con excepciones

  • Todos los viajeros que lleguen a Argentina deben presentar un certificado de prueba de PCR COVID-19 negativo emitido al menos 72 horas antes de viajar, a menos que el viajero sea: miembro de la tripulación; transitar por el país por un aeropuerto internacional por menos de 24 horas; o ha tenido coronavirus confirmado por una prueba de laboratorio dentro de los 90 días de su viaje.

  • Si a los viajeros se les confirmó el COVID-19 mediante una prueba de laboratorio dentro de los 90 días posteriores al viaje, no es necesario que vuelvan a realizar una prueba de PCR de COVID-19. En cambio, los viajeros deberán mostrar evidencia de su diagnóstico y un certificado médico emitido al menos 10 días después de haber sido diagnosticado para confirmar que el viajero tiene un certificado de salud limpio.

  • Para los viajeros que no puedan obtener un certificado de prueba de PCR COVID-19 antes de su llegada debido a países donde los resultados de laboratorio se retrasan, consulte este [enlace] (https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/ ingresar-egresar-argentina / opcion-pcr-destino) para países con retrasos). Se requiere un certificado médico que indique que el viajero no tiene síntomas de COVID-19 junto con una nota que indique por qué el certificado no está disponible. Los viajeros deben verificar con anticipación con su aerolínea para asegurarse de que se les permitirá abordar el avión sin un certificado de prueba de PCR.

¿Se requiere cuarentena a la llegada?

  • Si, con excepciones

  • Todos los viajeros que llegan, incluidos los que presentan una prueba de PCR negativa, también deben autoaislarse durante un mínimo de 7 días. El período de cuarentena debe sumar 10 días a partir de la fecha de la prueba de PCR de COVID-19 del viajero. Los viajeros exentos pueden incluir: a) un miembro de la tripulación de servicio; b) un diplomático de servicio; c) deportista autorizado por la Oficina de Migraciones de Argentina para ingresar al país; d) un extranjero no residente autorizado por la Oficina de Migraciones de Argentina para ingresar al país para realizar labores esenciales; e) en tránsito en un aeropuerto internacional por menos de 24 horas.

  • Cualquier ciudadano argentino o residente extranjero que llegue a través de una frontera terrestre y no presente un certificado de prueba de PCR negativo emitido dentro de las 72 horas anteriores a la llegada deberá aislarse por sí mismo durante 14 días. Cualquiera que no cumpla con la cuarentena obligatoria y las medidas de salud puede estar sujeto a sanciones penales.

  • Las ciudades y departamentos con transmisión comunitaria aumentada o incontrolada pueden volver a la cuarentena obligatoria (“aislamiento social”). Se recomienda a los viajeros que se pongan en contacto con las autoridades locales antes de viajar.

  • Los pasajeros deben someterse a una prueba de PCR COVID-19 adicional el día 7 de su cuarentena como condición para finalizar su período de cuarentena.

  • Según las restricciones anteriores, todos los viajeros entrantes pueden esperar estar en cuarentena durante un mínimo de 7 días o un máximo de 14 días de cuarentena.

¿Se requiere seguro?

  • Los extranjeros no residentes deben tener un seguro médico que cubra los costos médicos de COVID-19, incluida la hospitalización y los costos de autoaislamiento.

Aplicación de borde recomendada

  • Todo viajero que llegue debe registrar la solicitud CUIDAR COVID-19 dentro de las 48 horas siguientes al ingreso al país.

¿Se requiere formulario de inscripción?

  • Todos los viajeros que ingresen o salgan de Argentina deben presentar una declaración jurada electrónica dentro de las 48 horas posteriores a su viaje. El formulario está disponible aquí. Es posible que se solicite a los viajeros que presenten el correo electrónico de confirmación que reciben de este sistema para poder realizar el check-in de su vuelo.

¿Se requiere vacunación?

  • No

  • No se requiere vacuna COVID-19 para ingresar al país.

Restricciones de aerolíneas

  • moderado

  • Argentina ha reactivado gradualmente los servicios de vuelos domésticos e internacionales. Los vuelos domésticos están restringidos a trabajadores esenciales, así como a aquellos que buscan tratamiento médico.

  • Las autoridades argentinas suspendieron todos los vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y países del continente africano y como origen Brasil, Chile e India hasta el 6 de agosto.

Restricciones fronterizas

  • Significativo

  • Las autoridades prorrogaron la orden de cierre de fronteras hasta el 6 de agosto de 2021.

  • Las fronteras terrestres están cerradas a los residentes de Chile, Uruguay, Paraguay, Bolivia y Brasil hasta el 6 de agosto de 2021.

  • En circunstancias excepcionales, los funcionarios de inmigración argentinos podrán permitir la entrada a extranjeros no residentes. La entrada bajo este programa está restringida a los siguientes puertos de entrada: Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini Ezeiza; Aeropuerto Internacional de San Fernando; Terminal de ferry de Buquebus; y los pasos fronterizos terrestres de Paso de los Libres, Uruguayana, Sistema Cristo Redentor, San Sebastián y Gualeguaychú - Fray Bentos.

Restricciones de toque de queda

  • Significativo

  • Las autoridades clasificaron las regiones en riesgo bajo, riesgo medio, riesgo alto o en estado de alarma sanitaria y epidemiológica en orden creciente de riesgo de transmisión de COVID-19. Las restricciones impuestas pueden variar de un lugar a otro y pueden incluir toques de queda. Los niveles de riesgo regionales se pueden encontrar aquí.

  • No hay toque de queda en vigor en la zona de riesgo medio y bajo.

  • Hay toque de queda vigente de 00:00 a 06:00 (hora local) en la zona de alto riesgo.

  • Toque de queda vigente de 20:00 a 06:00 (hora local), en áreas en estado de alarma Sanitaria y Epidemiológica.

  • Las autoridades prorrogaron una emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2021.

  • Las autoridades impusieron medidas de prevención hasta el 6 de agosto de 2021.

Restricciones sociales

  • Significativo

  • Muchas áreas del país están bajo estrictas medidas de “aislamiento” y puede haber límites estrictos en los viajes, reuniones y otras actividades. Las jurisdicciones que las autoridades no consideran de alto riesgo permanecen en una fase de distanciamiento social obligatorio. Las restricciones impuestas pueden variar de un lugar a otro y pueden incluir toques de queda.

  • Se aconseja a los visitantes que mantengan una distancia mínima de 2 metros.

  • Se autorizan reuniones sociales hasta un máximo de 10 personas.

Restricciones internas de viaje

  • Significativo

  • Se requieren máscaras.

  • Se permite el movimiento entre jurisdicciones, siempre que los viajeros puedan cumplir con los requisitos de la jurisdicción / provincia específica. Más detalles sobre los requisitos y restricciones de viajes internos se pueden encontrar en este enlace.

¿Tiendas no esenciales abiertas?

  • No

  • Las tiendas no imprescindibles están cerradas. Las restricciones impuestas pueden variar de un lugar a otro.

¿Alojamiento abierto?

  • No

  • Los alojamientos están cerrados. Las restricciones impuestas pueden variar de un lugar a otro.

¿Restaurantes abiertos?

  • Si, con excepciones

  • Los restaurantes están cerrados en áreas de alto riesgo, excepto para comida para llevar y entrega a domicilio. Las restricciones impuestas pueden variar de un lugar a otro.

¿Bares y cafés abiertos?

  • Si, con excepciones

  • Los bares están cerrados en áreas de alto riesgo, excepto para comida para llevar y entrega. Las restricciones impuestas pueden variar de un lugar a otro.

¿Playas y sitios turísticos abiertos?

  • No

  • Playas y sitios turísticos cerrados.

¿Museos y sitios patrimoniales abiertos?

  • No

  • Los museos están cerrados.

¿Servicios de cuidado personal abiertos?

  • No

  • Los servicios de cuidado personal están cerrados.

¿Lugares de culto abiertos?

  • No, salvo excepciones

  • Los lugares de culto están cerrados.

¿Eventos permitidos?

  • No

  • Se suspenden los eventos (culturales, sociales, recreativos o religiosos). Las restricciones impuestas pueden variar de un lugar a otro.

¿Se requieren máscaras en público?

  • Las máscaras u otras cubiertas faciales son obligatorias en todo el país en los espacios públicos, incluido el transporte público y los vehículos de pasajeros. Los infractores serán multados.

Otras restricciones

  • Las regiones pueden estar completamente bloqueadas en cuarentena o pueden imponer otras restricciones en su área.

  • Los servicios esenciales, como farmacias y supermercados, están abiertos.

  • Están prohibidas las clases presenciales.

  • Las personas de alto riesgo, como las personas mayores de 60 años y las mujeres embarazadas, no podrán regresar al lugar de trabajo.

  • Las bibliotecas, clubes, gimnasios y parques públicos están cerrados.

  • Los casinos, cines, clubes, centros culturales, salas de bingo, salones de baile, discotecas y teatros están cerrados.

  • Se suspenden las actividades deportivas.

Consejo Para Viajeros

La epidemia de COVID-19 está cambiando constantemente en todo el mundo. Las restricciones de viajes y fronteras pueden cambiar con poco o ningún aviso. Las aerolíneas pueden tener sus propios requisitos de prueba, enmascaramiento y distanciamiento. Se recomienda que los viajeros lleven consigo máscaras faciales, ya que el requisito puede variar según la ubicación. Se recomienda que los viajeros practiquen el distanciamiento social y mantengan una distancia de 6 pies de otras personas y eviten las áreas concurridas. Consulte con su aerolínea, agente de reservas o embajada del país para obtener información sobre sus planes de viaje específicos.