Medidas cautelares COVID-19 en Reunión (actualización del 15 de julio)

¿Puede un ciudadano y residente ingresar al país?

  • Los ciudadanos y residentes pueden entrar en Reunión.

¿Puede un extranjero ingresar al país?

  • No con excepciones

  • Los viajes aéreos desde o hacia la Isla de la Reunión están prohibidos a menos que exista una razón de peso. Los viajeros que lleguen y salgan deberán proporcionar evidencia documental de la razón de peso del viaje y por qué el viaje no se puede aplazar. Las razones pueden incluir razones familiares o personales, emergencias médicas o razones profesionales esenciales. Los viajeros completamente vacunados están exentos del requisito de proporcionar prueba de una razón convincente para viajar a Reunión.

¿Se requiere una prueba a la llegada?

  • No

  • Existen medidas de control en todos los puertos de entrada, incluidos los aeropuertos. No se requiere una prueba de COVID-19 a la llegada.

¿Se requiere certificado de prueba?

  • Si con excepciones

  • Los viajeros que lleguen deben presentar un certificado que indique un resultado negativo en una prueba de PCR COVID-19 realizada dentro de 72 horas antes de la llegada o una prueba de antígeno realizada dentro de 48 horas antes de la llegada a Reunión.

  • Los viajeros menores de 11 años están exentos de este requisito. La prueba previa al embarque también es obligatoria para los menores no acompañados, vacunados o no, de 11 años o más.

  • Los viajeros completamente vacunados deben presentar adicionalmente un certificado de vacunación COVID-19 a su llegada. Este certificado se puede presentar a través de la aplicación TousAntiCovid. Se pueden encontrar más detalles sobre las condiciones que deben cumplirse para ser clasificado como viajero “totalmente vacunado” [aquí] (http://www.reunion.gouv.fr/foire-aux-questions-voyageurs-a6776.html#Quels- documentos-dois-je-presentador-pour-pouvoir-embarquer-a-destination-et-nbsp).

¿Se requiere cuarentena a la llegada?

  • Si con excepciones

  • Los viajeros vacunados que lleguen de Francia continental o Mayotte no están obligados a entrar en cuarentena a su llegada. Los viajeros no vacunados deberán aislarse por sí mismos durante 7 días y someterse a una prueba de RT-PCR al final de la cuarentena.

  • Los viajeros de otras regiones (vacunados o no) deben autoaislarse durante 7 días a su llegada a Reunión y realizar otra prueba de RT-PCR al final del período de autoaislamiento.

  • Los viajeros que presenten síntomas de COVID-19 al ingresar a Reunión deben entrar en cuarentena.

  • Según las restricciones anteriores, los viajeros que lleguen estarán exentos de la cuarentena o se les exigirá que pasen al menos 7 días en cuarentena automática, según su estado de vacunación y su historial de viajes.

¿Se requiere una vacuna?

  • No con excepciones

  • La posesión de un certificado de vacunación no es obligatoria para los viajeros que llegan. Sin embargo, los viajeros completamente vacunados podrán viajar a Reunión sin el requisito de proporcionar prueba de una razón convincente para viajar.

  • Los viajeros completamente vacunados deben presentar un certificado de vacunación COVID-19 a su llegada. Este certificado se puede presentar a través de la aplicación TousAntiCovid.

  • Las vacunas aceptadas en Reunión son solo las reconocidas por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA): Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Johnson & Johnson **. Deben cumplirse condiciones específicas (como un calendario de vacunación completo) para ser clasificado como viajero “completamente vacunado”. Se dice que un calendario de vacunación está completo:

  • 14 días después de la segunda inyección para vacunas de doble inyección (Pfizer, Moderna, AstraZeneca).

  • 28 días después de la inyección para vacunas con una sola inyección (Janssen).

  • 14 días después de la inyección para las vacunas en personas que recibieron COVID-19 antes de la vacunación (1 inyección única).

  • 15 días después de una infección por COVID que ocurrió más de 15 días después de la primera dosis de la vacuna de doble inyección.

¿Se requiere formulario de inscripción?

  • Todos los pasajeros entrantes deben hacer una declaración indicando que no tienen síntomas de COVID-19 y que, a su entender, no han estado en contacto con ninguna persona confirmada como positiva en los últimos 14 días. Este formulario se puede encontrar en esta página. Las aerolíneas pueden negar el embarque a los viajeros que no tengan este formulario.

  • Todos los viajeros (excepto los viajeros menores de 11 años y las personas vacunadas) deben completar un Certificado de viaje internacional y presentarlo al abordar, al llegar y al transitar. Los viajeros también deben completar una declaración de honor para indicar que no tienen síntomas de COVID-19. Deben completar un formulario de rastreo de contactos. Los formularios se pueden encontrar aquí: a) Certificado de viaje ; b) Formulario de declaración jurada; y c) Formulario de asistencia para la localización de contactos.

  • Los viajeros también deberán presentar pruebas documentales que indiquen el motivo imperioso del viaje. Se puede acceder a más detalles [aquí] (http://www.reunion.gouv.fr/foire-aux-questions-voyageurs-a6776.html#Quels-documents-dois-je-presenter-pour-pouvoir-embarquer-a -destino-et-nbsp).

Aplicación de borde recomendada

  • Se recomienda encarecidamente el uso de la aplicación TousAntiCovid.

Restricciones de aerolíneas

  • moderado

  • Hay disponibles servicios de vuelo muy limitados desde y hacia Reunión.

  • Las aerolíneas pueden negarse a abordar pasajeros que no presenten un certificado de prueba de PCR COVID-19 negativo emitido dentro de las 72 horas o un certificado de prueba de antígeno emitido dentro de las 48 horas anteriores a la llegada a Reunión y una declaración jurada que declare que el viajero no ha estado en contacto con cualquier paciente infectado con COVID 19 en los últimos 14 días.

Restricciones fronterizas

  • Significativo

  • Todos los puertos marítimos están cerrados a barcos de pasajeros, yates y barcos.

  • Los cruceros no pueden atracar en los puertos.

Restricciones de toque de queda

  • moderado

  • El toque de queda de 23: 00-05: 00 (hora local) ha estado en vigor al menos hasta el 4 de agosto. Cualquiera puede obtener certificados de viaje permanentes y temporales a través de este enlace para viajar durante las horas de toque de queda.

  • Un estado de emergencia sanitaria debido a COVID-19 está vigente hasta nuevo aviso. Esto implica la aplicación de protocolos de salud para contener la propagación de COVID-19.

Restricciones de distanciamiento social

  • moderado

  • Siguen prohibidas las reuniones públicas de más de seis personas.

  • Las medidas de distanciamiento social son obligatorias.

  • A partir del 21 de julio, se necesitará un pasaporte sanitario para todos los asistentes en cualquier lugar cultural y de ocio, que indicará que el propietario está totalmente vacunado o se ha recuperado del COVID-19 en los últimos seis meses o ha dado negativo en la prueba del COVID-19. en las últimas 48 horas. A partir de principios de agosto, se necesitará lo mismo para entrar en bares y restaurantes. Se dice que un calendario de vacunación está completo:

  • 2 semanas después de la segunda inyección de vacunas de doble inyección (Pfizer, Moderna, AstraZeneca),

  • 4 semanas después de la inyección para vacunas con una sola inyección (Johnson & Johnson de Janssen), o

  • 2 semanas después de la inyección para vacunas en personas que han tenido antecedentes de Covid (1 inyección única).

Restricciones internas de viaje

  • Mínimo

  • Los ciudadanos pueden realizar viajes nacionales.

  • El transporte público también está en funcionamiento.

¿Tiendas no esenciales abiertas?

  • Todas las tiendas no esenciales pueden reabrir con restricciones de capacidad y cumplimiento de los protocolos COVID-19.

¿Restaurantes abiertos?

  • Los restaurantes pueden operar a capacidad reducida. Desde principios de agosto, se requerirá un pasaporte de salud para ingresar a los restaurantes.

¿Bares y cafés abiertos?

  • Se permite que las barras funcionen a una capacidad reducida. Desde principios de agosto, se requerirá un pasaporte de salud para ingresar a los restaurantes.

  • Las discotecas permanecen cerradas.

¿Playas y sitios turísticos abiertos?

  • Las playas son accesibles al público sujeto a los límites de ocupación y al cumplimiento de los protocolos de salud.

¿Museos y sitios patrimoniales abiertos?

  • Se permite la apertura de museos y galerías sujeto a restricciones de capacidad.

¿Lugares de culto abiertos?

  • Los lugares de culto están abiertos.

¿Eventos permitidos?

  • Las personas que asisten a las ceremonias de bodas y funerales deben cumplir con los protocolos de salud de COVID-19.

  • A partir del 21 de julio, todos los asistentes deberán disponer de pasaportes sanitarios para acudir a los espacios culturales y de ocio.

  • Se permiten deportes al aire libre con aforo reducido.

¿Se requieren máscaras en público?

  • Si con excepciones

  • El uso de una mascarilla no es obligatorio al aire libre, excepto en áreas concurridas. El uso de máscaras es obligatorio en interiores, en autobuses o en cualquier otro lugar público.

Consejo Para Viajeros

La epidemia de COVID-19 cambia constantemente en todo el mundo. Las restricciones de viaje y fronterizas pueden cambiar con poco o ningún aviso. Las aerolíneas pueden tener sus propios requisitos de prueba, enmascaramiento y distanciamiento. Se recomienda que los viajeros lleven consigo máscaras faciales, ya que el requisito puede variar según la ubicación. Se recomienda que los viajeros practiquen el distanciamiento social, mantengan una distancia de 6 pies de otras personas y eviten las áreas concurridas. Consulte con su aerolínea, agente de reservas o embajada del país para obtener información sobre sus planes de viaje específicos.